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Una norma a favor de los consumidores de telefonía móvil

Las empresas tienen 30 días para informar precios, beneficios y promociones. Así lo establece la norma anunciada ayer.

Las empresas que brindan el servicio de telefonía móvil cuentan con 30 días desde hoy para poner a disposición de los consumidores la información detallada de los precios de los diferentes servicios, beneficios y promociones.

Así lo establece la resolución conjunta de las secretarías de Comercio del Ministerio de Economía y de Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Para los consumidores de telefonía móvil bajo la modalidad prepaga (con tarjeta), las empresas deben publicar en una única página en el sitio web de la empresa la «totalidad» de la información establecida como un standard mínimo por ambas Secretarías de Estado.

Además, deben establecer un correo electrónico a disposición del usuario, y mantener el contacto con los clientes a través de las actuales líneas telefónicas vigentes.

Para los clientes con factura o modalidad mixta (los que pagan abono por un consumo determinado y una vez superado pueden agregar crédito con tarjetas prepagas) la información deberá estar «en las facturas tanto en soporte papel como en formato electrónico», y también en el sitio web «visible en una única página».

Al igual que para los prepagos, las empresas deberán establecer «un correo electrónico a disposición del usuario», y mantener las «líneas telefónicas gratuitas».

El artículo quinto establece además que «la referida información deberá estar disponible para el mes en curso y para los seis meses inmediatos anteriores a la consulta realizada».

También prevé que las empresas utilicen el mensaje de texto para mantener informado al consumidor sobre los precios de los servicios que paga.

Las empresas deben publicar el precio del abono correspondiente al plan contratado; el precio de los 30 primeros segundos de establecida la comunicación, el precio del segundo de acuerdo con el plan y del segundo excedente, tanto para las llamadas locales como de larga distancia nacional, dentro y fuera de la red de la compañía.

También deben informar el precio del mensaje de texto, «dentro del plan contratado y excedente, dentro y fuera de su red, según el destino».

Lo mismo para los mensajes multimedia (mensajes que incluyen el envío de imágenes o video), y «el precio de acceso a Internet por hora, día, semana, mes, kilobyte o megabyte, según corresponda, dentro del plan contratado y excedentes».

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