País

Va contra los derechos de intimidad: presentaron un amparo judicial para suspender el decreto de Milei que reforma la ley de Inteligencia

Dirigentes políticos de la oposición solicitaron frenar la aplicación del DNU 941/2025 del pasado 2 de enero antes de que sea “irreversible". Entre otros cambios, el gobierno habilitó a espías a detener personas sin orden judicial y otorgó poderes sin control a la Side

Un grupo de dirigentes políticos y exfuncionarios presentó una acción de amparo contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025 del gobierno de Javier Milei que introdujo modificaciones de fondo en la Ley de Inteligencia Nación.

En la demanda se solicitó además una medida cautelar para suspender de manera inmediata la aplicación de la norma y se dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema a través del mecanismo excepcional del per saltum.

La presentación fue realizada ante la Justicia federal en lo contencioso administrativo por Leopoldo Moreau, Federico Storani, Ricardo Alfonsín, Manuel Garrido y otros exlegisladores,.

En el texto, cuestionaron la constitucionalidad del decreto por entender que amplía de forma indebida las facultades de los organismos de inteligencia y vulnera derechos fundamentales de la ciudadanía. Se hizo sin debate ni pasar por el Congreso.

Según el planteo, el DNU habilita tareas de contrainteligencia, recolección e intercambio de información sin control judicial previo, a partir de conceptos considerados “amplios y vagos”, como la noción de “influencia” o “injerencia”.

Para los demandantes, la sola vigencia de la norma genera un riesgo concreto de vigilancia estatal sobre actividades políticas, sociales, periodísticas y comunicacionales protegidas por la Constitución, informó Ámbito.

El escrito sostiene que el decreto afecta derechos como la privacidad, la intimidad, la libertad de expresión, la participación política y la protección de los datos personales.

Por otro lado, los dirigentes advierte que la reforma consolida un esquema de inteligencia “opaco”, al establecer el carácter encubierto de todas las actividades del sistema, lo que —según los actores— restringe severamente el control ciudadano y parlamentario.

En la demanda se cuestiona además el uso del DNU como herramienta legislativa. Los firmantes afirman que no existió una situación de necesidad y urgencia que impidiera el tratamiento del tema en el Congreso y remarcan que se trata de una reforma estructural y permanente, incompatible con el carácter excepcional de los decretos previstos en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución.

Como parte del planteo, los accionantes solicitaron la habilitación de la feria judicial y una medida cautelar urgente para suspender la aplicación de los artículos incorporados y modificados por el decreto.

Argumentaron que, una vez producida una intromisión ilegítima en la esfera privada de las personas, el daño resulta “irreversible o de muy difícil reparación”.

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