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Verano 2025: cuáles son los requisitos para viajar con tráileres y casas rodantes en Argentina

Conocer las normativas es clave para disfrutar del turismo rodante sin inconvenientes legales: te contamos los requisitos para circular con tráileres y casas rodantes por las rutas argentinas este verano

Con el inicio de la temporada de verano 2025, los turistas argentinos optan cada vez más por viajar en tráileres, motorhomes y casas rodantes, una alternativa económica para disfrutar de las vacaciones.

Sin embargo, antes de salir a la ruta, es crucial cumplir con las normativas vigentes para garantizar la circulación legal y segura en el país.

Estos vehículos, considerados complementos del “tractor” que los remolca, deben cumplir con sistemas de acoplamiento homologados.

Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), los remolques en la categoría O1 (hasta 750 kg) destinados al transporte de equipaje, embarcaciones o elementos recreativos, requieren una certificación de seguridad vehicular y una placa identificatoria alternativa emitida por la Dirección Nacional de Registros de Propiedad Automotor.

Normas específicas para circular en verano 2025

  • 1. Dimensiones y espejos extensibles
  • 2. En vehículos de un eje (categoría O1), se permite el uso de espejos extensibles cuando el ancho del remolque excede al del vehículo tractor.
  • 3. Peso máximo permitido
  • 4. Los remolques de categoría O1 no deben superar los 750 kg. Si el peso es mayor debido a su equipamiento, se analizará cada caso para determinar si continúa en la misma categoría.
  • 5. Nueva patente única. Ya no es válida la “Patente 101”. Ahora, los remolques y casas rodantes deben tener una patente única que los identifica junto con el vehículo tractor, agilizando los procesos administrativos y facilitando su uso con otros tractores.
  • 7. Homologación y certificación técnica.
  • 8.Para vehículos de dos ejes (categorías O2 y O3), las condiciones técnicas para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) permanecen, pero también se aplica la unificación de patentes.
  • 9. El patentamiento y homologación requieren un informe técnico rmado por un ingeniero matriculado. Para casas rodantes y remolques en categorías O2 y O3, el trámite debe realizarse en talleres autorizados por la Subsecretaría de Transporte Automotor.

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