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A un mes del hecho, liberaron a los rugbiers franceses detenidos por abuso sexual en Mendoza

Los jugadores del seleccionado Hugo Aradou y Oscar Jegou, tenían prisión domiciliaria y ahora quedaron en libertad pero no podrán salir del país y por el momento no podrán retornar a Francia. Un audio de la víctima después del encuentro fue la causa de esta decisión

La Fiscalía Adjunta en lo Penal a cargo del doctor Gonzalo Nazar ordenó la liberación de los rugbiers franceses Hugo Auradou y Oscar Jegou, denunciados por el delito de abuso sexual agravado en Mendoza.

Este lunes, el Ministerio Público Fiscal de Mendoza comunicó la decisión del fiscal Nazar de liberar a los rugbiers franceses denunciados por el delito de abuso sexual agravado en la provincia cuyana. El fiscal alegó que no hay elementos de convicción suficientes para requerir la prisión preventiva de los jugadores y, además, también sostiene que hay contradicciones en el relato de la víctima.

En paralelo a esta determinación dada desde la Justicia de Mendoza, el fiscal Nazar informó que aún no podrán salir del país y, por el momento, no podrán retornar a Francia. Además, también sostuvo que se mantengan las medidas de coerción como la retención de los pasaportes y la prohibición de contacto, por cualquier medio, con la denunciante.

La decisión del fiscal Nazar se dio tras la viralización de audios que la víctima le envió a una amiga tras el encuentro con los dos jugadores franceses.

El hecho se dio en la madrugada del sábado 7 de julio cuando la mujer denunció que fue abusada en una habitación del hotel Diplomatic, por parte de dos integrantes de la Federación de Rugby de Francia (FRF), quienes habían llegado a Mendoza para disputar un partido contra Los Pumas.

El porqué del dictamen

Según publicó el Diario El Sol de Mendoza, el dictamen de Gonzalo Nazar, fiscal adjunto en lo Penal, se basó en las conclusiones a las que arribaron los fiscales Darío Nora y Daniela Chaler. En el documento destacó “la existencia de notorias contradicciones, inconsistencias, zonas grises y hasta explicaciones insuficientes” respecto de la denuncia.En tal sentido, entre esas “contradicciones” se mencionan:

“El motivo o la intención perseguida por la propia denunciante al acceder a ir al hotel, y una vez en el mismo la dinámica exteriorizada en forma previa al ingreso a la habitación”.

“La secuencia témporo-fáctica de los abusos sexuales denunciados”.

“La conducta observada por la denunciante al momento de salir de la habitación y hacer abandono del hotel”.

“El tono jocos que caracteriza el inicio de la conversación con su amiga en horas de la tarde del día de los hechos denunciados”.

“Las precisiones en cuanto a la entidad y causa de las lesiones oportunamente denunciadas”.

“La primera versión arrimada por la denunciante se ha visto debilitada con los diversos elementos probatorios que han sido agregados a la causa”, señaló la resolución de Nazar. Y resaltó “una serie de contradicciones en cuanto a la mecánica del hecho y a la existencia del consentimiento que resultan de relevancia”.

Además, el fiscal minimizó los testimonios incorporados por la querella e insistió con las “francas contradicciones internas y periféricas respecto del relato de la denunciante”.

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