Policiales

Abusó de once niñas de su entorno: le dieron 27 años de cárcel

Se trata de CSB, de 67 años. Nueve de las víctimas eran familiares suyas y las otras dos, vecinas. La pena también se le impuso por haber tenido en su poder material de abuso sexual en las infancias. La sentencia fue dispuesta en el marco de un juicio oral que finalizó en los tribunales de Tostado

Un hombre de 67 años cuyas iniciales son CSB fue condenado a 27 años de prisión por haber cometido delitos contra la integridad sexual en Tostado (departamento Nueve de Julio). Las víctimas son once mujeres que eran niñas al momento de los hechos ilícitos, nueve de las cuáles integraban su entorno familiar y las otras dos eran vecinas de él. La pena además se le impuso por haber tenido en su poder material de abuso sexual en las infancias.

La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Gustavo Bumaguin (presidente), Cecilia Álamo y José Boaglio, en el marco de un juicio oral que finalizó en los tribunales de Tostado.

La fiscal que representó al MPA en el debate es Brenda Baños, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5.

En función de lo dispuesto por la resolución de la Fiscal General número 170/2024, el caso fue supervisado por las fiscales Carla Cerliani y Alejandra Del Río Ayala, quienes respectivamente se desempeñan en la Fiscalía General como Coordinadora de Fiscales y como Fiscal de delitos relacionados con violencias de género y sexuales.

La intervención de Cerliani y Del Río Ayala fue dispuesta por la Fiscal General, María Cecilia Vranicich, luego de reuniones que mantuvo con integrantes de la Asociación Civil Foro Reconquista Alcemos La Voz.

Abusos acreditados

Tras la lectura del veredicto, Baños valoró que “se dispuso una sentencia condenatoria que es histórica porque si bien la Defensa del condenado pidió que se declare la prescripción de abusos sexuales, el tribunal rechazó ese requerimiento porque, de forma sistemática durante 41 años, CSB fue cometiendo nuevos delitos que interrumpían la prescripción de los anteriores”. Según manifestó la fiscal, “los hechos de este tipo no deben interpretarse de manera aislada”.

La fiscal destacó que “en el debate presentamos pruebas que sustentan la atribución delictiva que habíamos realizado y el tribunal consideró acreditados casi todos los hechos por los que CSB fue acusado”. Al respecto, precisó que “desde que él tenía 21 años hasta sus 62, se valió de la confianza familiar, de situaciones de convivencia y de la extrema vulnerabilidad de víctimas que sufrieron los ilícitos durante su infancia”.

Los hechos

La fiscal señaló que “en diferentes épocas, el condenado atentó contra la integridad sexual de nueve niñas de su familia en una casa en la que él residía, en otras dos viviendas y en las instalaciones de una industria en la que él trabajaba”.

“Por el contexto y las características de los abusos, lo sucedido tuvo entidad suficiente para alterar el libre y progresivo desarrollo sexual de todas las víctimas”, subrayó Baños.

Además, la funcionaria del MPA sostuvo que “el condenado abusó de dos niñas que eran sus vecinas, a quienes les entregaba dinero luego de las prácticas sexuales a las que la sometía”, y puntualizó que “a una de ellas le tomó fotografías en el marco de esos ilícitos”.

Por otro lado, Baños afirmó que “al condenado también se le impuso la pena por la tenencia de material de abuso sexual de las infancias”. Explicitó que “en un allanamiento realizado en su domicilio, se encontró una computadora de escritorio que contenía 12 videos y 24 fotografías con connotación sexual en los que aparecen niñas, niños y adolescentes”, y detalló que “tuvo en su poder esos archivos entre octubre de 2011 y mediados de 2024”.

Calificaciones penales

CSB fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante, abuso deshonesto y violación agravados (por haber sido el encargado de la guarda y, en algunos casos, además por aprovecharse de la convivencia con víctimas menores de edad) y abuso sexual simple.

A su vez, se le impuso la pena por la autoría de promoción de la prostitución de menores de edad agravada (por aprovecharse de la situación de vulnerabilidad y por tratarse de una víctima menor de 18 años), y promoción a la corrupción de menores agravada (por la guarda y, en algunos casos, también por aprovecharse de la convivencia con víctimas menores de edad).

También se lo condenó por la autoría de tenencia de videos y fotos con representaciones de víctimas menores de 13 años dedicadas a actividades sexuales explícitas e imágenes de sus partes genitales, así como por producción de fotos con representación de una menor de 18 años de edad dedicados a actividades sexuales explícitas e imágenes de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales.

Por otro lado, fue absuelto por un hecho de promoción de la prostitución de menores de edad agravada (por aprovecharse de la situación de vulnerabilidad y por tratarse de una víctima menor de 18 años) y por un hecho de promoción de la prostitución de mayores de edad.

 

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