País

Agrotóxicos: la decisión de la Corte Suprema sobre un pueblo de Santa Fe sella un precedente clave

El reclamo de la comunidad de Sastre contra las fumigaciones alrededor de sus viviendas llegó a la Justicia en 2018. En 2020 un fallo de primera instancia estableció un límite de mil metros de distancia. El Municipio apeló y llevó el tema a las cortes provincial y nacional. Una resolución del Máximo Tribunal acaba de cerrar el caso confirmando el fallo original

Fuente, Tiempo Argentino

Esta historia comenzó con una bebé con cáncer. Y dio lugar a un reclamo que llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sellando un precedente histórico. Zoe Giraudo tenía dos años cuando fue diagnosticada con linfoma linfoblástico tipo T. La búsqueda de respuestas que encaró su familia se tradujo en la lucha de gran parte de una comunidad contra los agrotóxicos. El pueblo Santafesino de Sastre fue a la Justicia y logró que se estableciera un límite de mil metros de distancia entre las fumigaciones y la planta urbana de la ciudad. La sucesión de apelaciones con resultado en contra llevó el caso hasta el Máximo Tribunal del país. Una resolución de unas pocas líneas confirmó la vigencia de la sentencia original.

“El recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma (art. 15 ley 48). Por ello, se desestima la queja”, publicó la Corte el 13 de agosto, indicando que no revisará las sentencias anteriores porque no se justifica su intervención. Caso cerrado.

El reclamo había comenzado en 2018 en esa ciudad de poco más de 6.000 habitantes ubicada en el centro-oeste santafesino. Ocho años después y tras pasar por todas las instancias judiciales posibles, el tema se dirimió en la Corte Suprema. Así pasó a convertirse en “una referencia obligada en materia ambiental”, como definió Luis Blanco en el diario La Capital, de Santa Fe.

El máximo tribunal nacional rechazó la queja presentada por la Municipalidad de Sastre y Ortiz contra la sentencia que estableció una zona de exclusión de 1.000 metros para las fumigaciones terrestres alrededor de toda la planta urbana de la ciudad y cerró de manera definitiva el expediente.

Así, a lo largo de estos años, ningún tribunal modificó la decisión central adoptada en primera instancia en septiembre de 2020, cuando el juez Duilio Hail dictó el fallo inicial. Desde entonces, la Municipalidad de Sastre y Ortiz impulsó una sucesión de recursos destinados a revertir la decisión, recurriendo a la Cámara de Apelaciones de Rafaela y luego la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Sin éxito. La Corte Nacional fue el final del recorrido.

“Son escasos los antecedentes ambientales que acumularon una secuencia de ratificaciones judiciales de esta magnitud”, concluyó Blanco.

La historia

“En mi casa, cruzás una calle de tierra y empiezan los campos de soja. Estamos rodeados”, contaba Sonia González, mamá de Zoe, en 2020, tras conocer y celebrar el fallo de primera instancia. Por entonces, recordó en diálogo con Tiempo el impacto del diagnóstico oncológico de su hija. “Lo primero que preguntamos era por qué había aparecido una célula en mi hija que estaba haciendo un desastre en su organismo y los médicos nos explicaron que se debía a la exposición a los agroquímicos. Además de las fumigaciones, yo había trabajado 11 años en una cooperativa agrícola que vendía insumos químicos y mi oficina estaba a cinco metros del depósito. Así que cuando nos dieron el alta, sabiendo que mi hija no podía tener más contacto con el veneno, empezó la lucha”, decía años atrás.

Si bien habían existido reclamos previos, fue ese caso el que movilizó con fuerza a la comunidad de Sastre. En un primer momento lograron que el Concejo Deliberante aprobara una ordenanza alejando las fumigaciones a 200 metros del ejido urbano, pero la oposición de productores y del propio municipio logró que la normativa fuera vetada.

Los vecinos autoconvocados recurrieron entonces a la Corte Suprema de Santa Fe y buscaron el patrocinio del Defensor Oficial, al tiempo que acumularon evidencia científica que apoyara su denuncia. En noviembre de 2018, el juez de San Jorge, Daniel Zoso, les otorgó una cautelar estableciendo 400 metros de distancia, pero la medida volvió a frenarse. Recién en febrero de 2020 el juez Hail restableció la cautelar y dictó sentencia firme extendiendo la distancia de protección hasta los 1.000 metros.

Este fallo tuvo en cuenta evidencia científica aportada por el Instituto de Salud Socioambiental de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario, dirigido por Damián Verzeñassi, que advirtió sobre una tasa de cáncer en Sastre por encima de la media nacional. También hizo su aporte el biólogo Rafael Lajmanovich, quien presentó los estudios de 20 años de trabajo de laboratorio sobre áreas sojeras de Argentina y una docena de investigaciones a nivel internacional que demostraban el daño en la salud, especialmente en niños, por vivir en contacto con fumigaciones.

Así, el caso de Sastre y Ortiz será tenido en cuenta para cada lucha contra los agrotóxicos que enfrenten de ahora en más los pueblos fumigados de la Argentina.

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