El organismo señaló, a través de un comunicado, que el nuevo ajuste deviene de la "actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)"
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó a principios de enero una actualización sobre los valores por los cuales los bancos y las billeteras virtuales deberán notificar los movimientos de sus clientes.
El organismo señaló, a través de un comunicado, que el nuevo ajuste deviene de la «actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)».
No obstante, la Resolución General N° 5512/2024 hace énfasis en un aspecto central: la actualización de los montos (transacciones, saldos y consumos) se mantendrá y se aplicará de forma semestral.
Los bancos y las billeteras virtuales, como Mercado Pago y Ualá, deberán notificar las operaciones que realicen los contribuyentes por fuera de los topes establecidos. A continuación, la normativa vigente:
Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
El fisco evaluará la situación de los contribuyentes y, en los casos que se excedan los valores ya establecidos, controlará si el origen del dinero es lícito.
De esta manera, si superan los límites, los clientes tendrán que mandar por correo electrónico la documentación requerida. En algunos casos, se podría optar por cerrar la cuenta del cliente y enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
A continuación, la documentación que permitirá a los usuarios justificar el origen del dinero:
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