Economía

Alerta billeteras virtuales: Arca investiga transferencias que superen este monto en abril

El organismo señaló, a través de un comunicado, que el nuevo ajuste deviene de la "actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)"

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó a principios de enero una actualización sobre los valores por los cuales los bancos y las billeteras virtuales deberán notificar los movimientos de sus clientes.

El organismo señaló, a través de un comunicado, que el nuevo ajuste deviene de la «actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)».

No obstante, la Resolución General N° 5512/2024 hace énfasis en un aspecto central: la actualización de los montos (transacciones, saldos y consumos) se mantendrá y se aplicará de forma semestral.

Billeteras virtuales: a partir de qué monto te investiga ARCA en abril

Los bancos y las billeteras virtuales, como Mercado Pago y Ualá, deberán notificar las operaciones que realicen los contribuyentes por fuera de los topes establecidos. A continuación, la normativa vigente:

$ 600.000

  • Total de consumos con tarjetas de débito.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$ 1.000.000

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Total de depósitos a plazo fijo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$ 2.000.000

Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

ARCA: cuál es la documentación que puede solicitar el organismo

El fisco evaluará la situación de los contribuyentes y, en los casos que se excedan los valores ya establecidos, controlará si el origen del dinero es lícito.

De esta manera, si superan los límites, los clientes tendrán que mandar por correo electrónico la documentación requerida. En algunos casos, se podría optar por cerrar la cuenta del cliente y enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).

A continuación, la documentación que permitirá a los usuarios justificar el origen del dinero:

  • Recibos de sueldo.
  • Comprobantes de haberes jubilatorios.
  • Facturas emitidas en los últimos meses.
  • Constancia del monotributo.
  • Tickets de compra y venta.
  • Justificación de la venta de acciones o empresas.

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