Política

La Justicia revisará el arresto domiciliario y la tobillera electrónica de Cristina

Además, el Tribunal Oral Federal 2 debe decidir si autoriza que el presidente de Brasil Lula Da Silva visite a la ex mandataria

El Tribunal Oral que condenó a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad concedió las apelaciones de la fiscalía contra el beneficio de la prisión domiciliaria y de la defensa por la colocación de tobillera electrónica, con lo cual ambos temas quedaron en condiciones de ser revisados por la Cámara Federal de Casación.

Por otro lado, el Tribunal Oral Federal 2 debe decidir si autoriza que el presidente de Brasil Lula Da Silva visite a la ex mandataria en su lugar de detención, el departamento de San José 1111 en el barrio de Constitución, en base a un pedido hecho por la defensa.

La sala IV del máximo tribunal penal federal del país integrada por los jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos es la que interviene en la causa Vialidad y ya fijó audiencia para el próximo lunes 7 de julio por otro recurso, vinculado a la apelación contra el régimen de visitas limitado impuesto a la ex presidenta, informaron fuentes judiciales.

Ahora el Tribunal Oral Federal 2 concedió otras dos apelaciones, la del fiscal federal Diego Luciani que reclama que Cristina Kirchner cumpla su condena a seis años de prisión por administración fraudulenta en cárcel común y se le revoque el beneficio de la prisión domiciliaria.

En tanto, el abogado de la ex vicepresidenta Carlos Beraldi cuestiona la colocación de tobillera electrónica para vigilar la domiciliaria en el departamento.

La defensa sostiene que, ante «la trascendencia que reviste la resolución puesta en crisis, la misma debe ser objeto de un control judicial amplio por parte de un tribunal superior, con el fin de salvaguardar la garantía del doble conforme».

En cuanto a la tobillera remarca que, al ponérsela la ex presidenta, «se ha efectuado una errónea interpretación de la ley sustantiva, en particular, en lo que refiere al art. 33 de la Ley de Ejecución Penal y los supuestos en los que procede o no la implementación de un dispositivo de monitoreo electrónico».

Los jueces del TOF2 Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso concedieron los dos recursos de apelación que ahora analizará Casación.

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