Ciudad

Clausuraron distribuidora mayorista con 30 garrafas sin medidas de seguridad y sin habilitación

El hecho sucedió en barrio Triángulo. El operativo fue realizado por personal de la Secretaría de Control y Convivencia y de la Policía, quienes llegaron al lugar tras la denuncia de vecinos

Agentes de Control de la Municipalidad clausuraron un local de distribución mayorista de bebidas y alimentos no perecederos tras hallar en el lugar unas 30 garrafas sin ningún tipo de medida de seguridad ni habilitación vigente. El hecho sucedió en barrio Triángulo y el operativo fue realizado conjuntamente por las direcciones de Inspección de Comercio, Industria y Servicios, de Control Urbano y la Policía de Santa Fe, quienes llegaron al lugar tras la denuncia de vecinos.

Allí hallaron 30 garrafas que estaban alojadas en el interior del inmueble sin ningún tipo de medida de seguridad e higiene y junto a otros tipos de materiales (en algunos casos muy inflamables) como plástico, cartón, carbón y madera. Además, el comercio no contaba con ningún tipo de habilitación vigente. En el marco de la intervención se instó al titular del negocio a retirar las garrafas y posteriormente se procedió a la clausura.

“Este tipo de situaciones son inadmisibles. Y representan un gran riesgo, no solo para el propio comercio, sino también para el entorno. Pudimos actuar rápido y evitar posibles o potenciales situaciones graves que pudieran darse. Más allá de las controles de rutina que hacemos, es importante también que los vecinos también denuncien cuando observan estas situaciones”, destacó el secretario de Control y Convivencia, Diego Herrera.

Vele recordar que es la Ordenanza Municipal N.º 409/88 la que regula la venta minorista de gas envasado (GLP) en la ciudad de Rosario. Establece que los comercios deben estar habilitados, inscriptos ante la Municipalidad y cumplir con estrictas normas de seguridad.

Entre los requisitos, se incluye el uso de envases aprobados, un límite máximo de quince garrafas por local, su correcta disposición (en forma vertical y separadas), y la obligatoriedad de contar con matafuegos, cartelería de advertencia y señalización. También se prohíbe su instalación a menos de 50 metros de escuelas, hospitales o espacios con gran concurrencia.

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