Categorías: País

Comienza a regir el Protocolo de Actuación Antibloqueos de Bullrich: en qué consiste

La medida apunta contra piquetes y protestas. El protocolo estable accionar policial y de las fuerzas federales ante alguna denuncia por bloqueo

Este martes, el Ministerio de Seguridad de la Nación puso en marcha el Protocolo de Actuación Antibloqueos.

Mediante la Resolución 901/2024, la ministra Patricia Bullrich anunció que el protocolo permitirá “proteger el normal desarrollo de los establecimientos productivos o de servicios que se vean perjudicados ante maniobras que afecten sus actividades”.

“Si bien el artículo 14 bis de la Constitución Nacional establece el derecho a huelga, el artículo 14 de esa misma ley fundamental consagra el derecho de todos los habitantes de la Nación a trabajar y ejercer toda industria lícita y de usar y disponer de su propiedad”, aclara la resolución.

El protocolo define un bloque como “a las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos, de cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional”.

El protocolo establece que los bloqueos pueden ser denunciados al número 134, por WhatsApp al número (11) 38524561 o por correo electrónico a la dirección: bloqueos@minseg.gob.ar.

El Ministerio de Seguridad recibirá la denuncia y podrán desplegar las fuerzas federales más próximas, a fin de que hagan “cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado”.

Los Gobiernos provinciales también podrán solicitar asistencia a las fuerzas federales.

El protocolo también establece las fuerzas de seguridad recabarán pruebas para la identificación de los responsables y participantes para su remisión al juzgado penal correspondiente y al Ministerio Público Fiscal.

La información también será enviada al Ministerio de Trabajo y a las personas afectadas para que puedan aplicar el artículo 242 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones: “Las suspensiones dispuestas por el empleador, menores de treinta (30) días, que por las circunstancias del caso o la índole o naturaleza de la relación resultasen agraviantes injuriosas para el trabajador y no fuesen aceptadas por éste, le darán derecho a considerarse en situación de despedido”

Fuente: https://www.cba24n.com.ar/

Entradas recientes

Autorizan que un menor sea inscripto con otro nombre diferente al del padre

La madre, en representación de su hijo menor de edad, promovió con el patrocinio de…

diciembre 19, 2025

Rosario: inauguran Unidad Fiscal Especializada en Responsabilidad Penal Adolescente

La fiscal general María Cecilia Vranicich encabezó la ceremonia junto con el fiscal Regional 2,…

diciembre 19, 2025

A 24 años del 2001 hubo acto y movilización frente a Tribunales en Rosario

Fue este viernes a la mañana, en homenaje a los asesinados durante el Estado de…

diciembre 19, 2025

Ex juez Marcelo Bailaque seguirá en prisión domiciliaria hasta marzo de 2026

La resolución judicial fue tomada tras el pedido del MPF en el marco de las…

diciembre 19, 2025

Enjuician a conductor que viajaba con 100 kilos de cocaína en una 4×4: lo puso en evidencia un perro

Llevaba 100 panes de esa sustancia en el paragolpes trasero y los zócalos de la…

diciembre 19, 2025

La Legislatura aprobó el Presupuesto y la Ley Tributaria 2026

El Senado sancionó por unanimidad el presupuesto provincial, con foco en educación, salud y seguridad.…

diciembre 19, 2025