Policiales

Condenan a 5 años de prisión a una obstetra por la muerte de una embarazada y su bebé

Los jueces Paula Álvarez, Florentino Malaponte y Carlos Leiva hallaron culpable a María G. de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas. Además le otorgaron 10 años de inhabilitación especial. La médica había autorizado un parto domiciliario sin los controles médicos necesarios

Condenaron a una obstetra que hacía partos domiciliarios por la muerte de una mujer y su bebé, junto con otras conductas imprudentes. El tribunal integrado por los jueces Paula Álvarez, Florentino Malaponte y Carlos Leiva condenó a María G. a la pena de 5 años de prisión por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas y le otorgó 10 años de inhabilitación especial.

Los fiscales Mariana Prunotto y Matías Edery habían solicitado una pena de 7 años de prisión y 10 años de inhabilitación especial para ejercer como profesional. La Fiscalía le atribuyó la muerte de Mariela Zuñiga el 4 de mayo de 2015 a las 17.30, por su conducta imprudente, negligente, imperita en su arte y profesión, como inobservancia de los reglamentos y de los deberes a su cargo.

Según la Fiscalía, en su calidad de médica, María G. le indicó que podía tener un parto en domicilio sin riesgos mayores para su vida o la de su feto. Sin intervención de una institución hospitalaria, y sin ningún estudio de rutina, la atendió durante el embarazo. El 4 de mayo en un domicilio particular de la localidad de Soldini, preparó a la embarazada para practicarle un parto en domicilio. Cerca de las 16.30, mientras la paciente estaba en trabajo de parto, notó que estaba grave, por lo cual decidió trasladarla por sus propios medios, en auto particular, sin asistencia de ambulancias, al Hospital Roque Sáenz Peña en Rosario, al que no había avisado del parto domiciliario ni de una atención de urgencia. Al llegar al Hospital, los médicos reciben a la mujer sin signos vitales. Le practicaron una cesárea de urgencia y le diagnosticaron lesiones en útero y que el feto había muerto. También constataron el fallecimiento de Mariela Zuñiga.

Además, la Fiscalía le atribuyó haber provocado lesiones gravísimas a otra víctima, que fue atendida por la acusada, quien en calidad de médica le indicó que podía tener un parto en domicilio sin riesgos mayores para su vida o la de su feto. El 7 de marzo de 2017 en un domicilio de Rosario, desde las 6.30 de la mañana, en su calidad de profesional preparó a la embarazada para practicarle un parto en domicilio. Cerca de las 12.30, estando en trabajo de parto, notó que la paciente estaba grave. Decidió trasladarla por sus propios medios, en auto particular, sin asistencia de ambulancias, al Hospital Eva Perón, al que no había avisado de la realización del parto domiciliario ni tampoco de una atención de urgencia. Al llegar al Hospital, a las 13.05, los médicos recibieron a la víctima donde se le practicó cesárea de urgencia. En el procedimiento notaron que el feto había muerto y que había lesiones en el útero. Se le practicó una histerectomía de urgencia.

«La conducta negligente imprudente e imperita en su arte y profesión, e inobservancia de los reglamentos y de los deberes a su cargo como profesional médica se traduce en que, con la información de los antecedente médicos de la paciente de haber tenido un parto anterior con cesárea, aconseja, trata y practica en la paciente un parto domiciliario a pesar de ser esta práctica contraindicada por la comunidad médico-científica», señalaron desde la acusación.

«Además realizó las siguientes conductas: no informó los riesgos reales de dicha práctica a la paciente, asumió todos lo riesgos que implica dicha práctica sin estar en una institución destinada a tal fin, asumió el riesgo de no contratar un servicio de traslado pre-hospitalario para el caso de urgencia y el riesgo de no dar el aviso previo correspondiente a una institución sanitaria», concluyeron.

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