La paciente promovió una acción de amparo luego de que la cobertura del tratamiento fuera rechazada, pese a la prescripción de su médico tratante
El Juzgado en lo Civil y Comercial de Rosario en Feria, a cargo de la jueza Monica Klebcar, hizo lugar a una medida cautelar y ordenó al Iapos y a la Empresa Provincial de la Energía (EPE) otorgar la cobertura integral (100%) del medicamento Pembrolizumab a una afiliada del Sistema Médico Asistencial Integral (SMAI) que padece una enfermedad oncológica.
La paciente promovió una acción de amparo luego de que la cobertura del tratamiento fuera rechazada, pese a la prescripción de su médico tratante. Durante el proceso intervino el Consultorio Médico Forense, que concluyó que el tratamiento indicado era acorde al diagnóstico y a la evolución de la enfermedad.
En la resolución, la magistrada entendió acreditados la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, ponderando especialmente el derecho constitucional a la salud y el riesgo de un daño irreparable en caso de no acceder oportunamente al tratamiento.
Uno de los aspectos relevantes del fallo es que la medida cautelar fue dictada tanto contra Iapos como contra la EPE, al considerar que esta última, en su carácter de garante de la cobertura de salud de los afiliados al SMAI, también resulta legitimada pasiva en el proceso. Se trata de un criterio de particular interés, ya que no es habitual que la EPE sea condenada conjuntamente con IAPOS en este tipo de acciones.
La resolución ordena la cobertura integral del medicamento por los ciclos que indique el médico tratante, con costas a las demandadas, mientras continúa la tramitación del amparo hasta el dictado de la sentencia definitiva. Abogados patrocinantes Lia Gerlo, Guido Pazzi y Luciano D’Angelo.
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