En una audiencia oral y pública celebrada este viernes en los Tribunales Federales de Rosario, la oficina de Litigio Oral Estratégico del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario, a cargo del fiscal federal Federico Reynares Solari, formalizó la imputación al juez federal Gastón Salmain por el cohecho pasivo agravado, prevaricato e incumplimiento de los deberes de funcionario público, en carácter de autor y en concurso real.
Ante el juez de garantías Román Lanzón, el fiscal imputó a Salmain que, en ejercicio de sus funciones como juez federal a cargo del Juzgado Federal N°1 de Rosario, entre los meses de septiembre y noviembre de 2024, a través de la intermediación del abogado D.F, ofreció al ex titular de la Afip Rosario Carlos Vaudagna la posibilidad de influir en el trámite de las causas que se le seguían por delitos de violación de secreto, abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, violación de los deberes de funcionario, asociación ilícita y negociaciones incompatibles, para que quedaran radicadas bajo su competencia y resueltas en un sentido favorable a sus intereses, a cambio de una suma de dinero que fue fijada en 100 mil dólares.
Según la hipótesis fiscal, a los fines de ejecutar el acuerdo y ocultando deliberadamente su relación previa con Vaudagna, se le atribuyó a Salmain dictar las siguientes resoluciones:
1) El 2 de octubre de 2024 resolvió “declarar la incompetencia territorial parcial de este Juzgado para entender en las presuntas maniobras ilícitas que se habrían llevado a cabo en las ciudades de Santa Fe y Reconquista, y remitir copia digital de las actuaciones mediante el libramiento de oficio electrónico (DEO) a los Juzgados Federales con competencia en dichas jurisdicciones y que por turno corresponda”.
2) Ante el planteo de revocatoria efectuada por la defensa de Vaudagna, encausado él también por múltiples delitos de corrupción, del 6 de noviembre de 2024, el mismo día resolvió “no ha lugar por improcedente” al recurso de revocatoria interpuesto por el abogado Néstor Oroño en ejercicio de la defensa técnica de Carlos Vaudagna, contra la resolución de incompetencia dictada el 2 de octubre de 2024, siendo que dicho pronunciamiento fue dictado a instancias de un pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal”.
3) Ante un nuevo planteo de la defensa de Vaudagna del 3 de diciembre de 2024 a fin de que Salmain se declare competente y ordene la remisión de las causas a su juzgado, el 4 de diciembre 2024 resolvió correr vista a la fiscalía a los fines de expedirse. Y sin perjuicio de la postulación del rechazo al planteo defensivo efectuado, resolvió “hacer lugar al requerimiento de inhibición” formulado y requirió la remisión de las actuaciones a su juzgado, en relación con las causas que tramitaban en los Juzgados Federales de Reconquista y N°1 de Santa Fe.
4) Informe del 26 de noviembre de 2024 por el que fundamentó la denegación del pedido de recusación planteado por el Ministerio Público Fiscal.
El fiscal detalló evidencia para sostener la imputación. Según surge de la causa, Salmain fue designado por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, el 6 de agosto de 2024 en la causa que involucraba a Vaudagna, luego de que los jueces Marcelo Bailaque (quien renunció luego de que también fuera acusado de múltiples delitos de corrupción) y Carlos Vera Barros se excusaran.
El día 29 de agosto de ese año personal del juzgado Federal N°1, por orden de Salmaín, retiró de la Unidad Fiscal Rosario una copia del primer peritaje del teléfono de Vaudagna. “Ello sería un indicio de que el magistrado buscó verificar si su nombre aparecía en las comunicaciones antes de continuar interviniendo en el mrco de la causa, y de que omitió deliberadamente excusarse.
La Fiscalía describió la relación preexistente entre Salmain y Vaudagna, deliberadamente omitida por el juez al momento de intervenir en la causa, lo cual surgió del peritaje avanzado (UFED Premium) practicado el 16 de diciembre de 2024 sobre el iPhone de Vaudagna en la causa que se tramitaba en Reconquista), que permitió extraer un chat con el contacto “Gastón Salmain” (el cual había sido borrado) de 48 mensajes intercambiados entre el 22 de diciembre de 2018 y el 9 de mayo de 2019.
Según la teoría del caso expresa por el Ministerio Público Fiscal (MPF), de ese intercambio surgió evidencia sobre el vínculo no profesional ni protocolar (encuentros personales en la sede de AFIP Rosario y en el café Petit Colón de Buenos Aires, favores recíprocos, gestiones de Vaudagna para el traslado de personal y para el cóctel de la jura de Salmaín, en el mensaje del 26/4/2019.
El fiscal Reynares Solari también enumeró la resolución dictada por Salmain donde para separar las causas contra Vaudagna, y donde declaró la incompetencia territorial parcial de su juzgado para entender en las presuntas maniobras ilícitas que se habrían llevado a cabo en las ciudades de Santa Fe y Reconquista.
Al ensamblar la evidencia además citó la declaración de Vaudagna como imputado colaborador, lo cual se complementa con el análisis de antenas de diversas líneas telefónicas que acreditan encuentros personales entre D.F y Salmain en oficinas de Corrientes al 700 de Rosario, en la zona del despacho del juez, Entre Río al 700, y en Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
También se aportó la declaración de Vaudagna como imputado en el marco del acuerdo de colaboración, donde relata que en agosto de 2024 a raíz de una nota periodística que lo vincula con el caso Vicentin, tomó contacto con el abogado D.F, relacionado con medios de comunicación de Rosario, para pedirle que cesaran los ataques mediáticos en su contra.
El juez Lanzón pasó a un cuarto intermedio, y al retomar la audiencia otorgó la palabra al imputado y a su defensa, que solicitó la suspensión del de formalización y se opuso al requerimiento de prisión preventiva efectuado por la Fiscalía.
El magistrado el planteo de nulidad del trámite expresado por la defensa, dio por formalizada la audiencia de imputación en los términos y alcances bajo las figuras penales que propuso la Fiscalía, y no hizo lugar a la medida cautelar. Además, ordenó poner en conocimiento con remisión de audio, video y acta de la audiencia al Consejo de la Magistratura.
Fuente: MPF