El Procurador General de la Corte Suprema Provincial respaldó los recursos de inconstitucionalidad presentados por la fiscalía y la querella. Señaló que un femicidio no puede juzgarse bajo estereotipos machistas. La joven fue asesinada en San Lorenzo en 2021.
La Procuración General de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe recomendó a la Corte declarar admisible el recurso de inconstitucionalidad presentado por la querella ante la absolución del acusado por el femicidio de Carolina Díaz. La joven oriunda de San Lorenzo murió en 2021 tras un mes de agonía luego de ser prendida fuego. El principal acusado, Luis Grandi (su ex pareja) fue dejado en libertad tras una sentencia que lo declaró culpable en 2024. La causa está ahora en manos de los jueces del máximo tribunal provincial.
En primera instancia, Grandi fue condenado a prisión perpetua por el delito de femicidio. Sin embargo, esa sentencia fue revocada por la Cámara de Apelaciones, que dispuso su absolución basándose en el beneficio de la duda.
Ante este escenario, el bloque acusador -conformado por el fiscal Carlos Ortigoza y los abogados querellantes Gabriel Filippini y María Laura Maderna- interpuso un recurso extraordinario ante la Corte. Argumentaron que la absolución fue el resultado de una interpretación arbitraria de las pruebas y de una aplicación incorrecta de la perspectiva de género.
El procurador, Jorge Barraguirre, coincidió con el planteo de la querella y de la fiscalía. Dictaminó que un femicidio no puede juzgarse bajo estereotipos machistas. Resta que se expida la Corte provincial.
Barraguirre calificó el fallo de la Cámara como «inferencialmente deficiente» e «inválido». Según el dictamen, se trata de una sentencia «probabilísticamente falsa» y sostiene que la decisión de absolver a Grandi no resiste un análisis lógico de la prueba recolectada. Señala que se descartó la hipótesis fiscal -que cuenta con un alto nivel de contrastación- para dar lugar a una «narrativa no plausible».
Para el procurador, la Cámara creó una duda «arbitraria» de forma artificial, prescindiendo de elementos fácticos clave y dando peso a pruebas irrelevantes. Por otro lado, el dictamen del procurador subraya la falta de perspectiva de género, entendiendo que no se puede juzgar un femicidio mediante «estereotipos machistas» que intentan universalizar conductas como criterios de racionalidad (por ejemplo, cuestionar el comportamiento de la víctima antes o después del hecho).
«Estamos ante una sentencia probabilísticamente falsa que hace que una persona (el Sr. Grandi) sea absuelta aunque sea culpable», reza el escrito.
Con el dictamen del Procurador ya emitido, el expediente pasó oficialmente a manos de los miembros de la Corte Suprema de Justicia. Serán los ministros del máximo tribunal quienes deberán resolver si ratifican la absolución o si, por el contrario, anulan dicho fallo y devuelven la vigencia a la condena de prisión perpetua.
La familia de Carolina Díaz, representada por Filippini y Maderna, recibió la noticia con esperanza. «Pronto será justicia para Caro», manifestaron a través de sus redes sociales, confiando en que el máximo tribunal ponga fin a lo que consideran una grave injusticia procesal.
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