El Gobierno dispuso modificaciones en la reglamentación de la ley de Ganancias
El Gobierno nacional formalizó modificaciones en la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias, actualizando montos y parámetros que rigen a las operaciones internacionales, mediante el Decreto 767/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La normativa eleva a $500 millones el monto anual desde el cual los contribuyentes deben informar las operaciones internacionales realizadas a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Además, las transacciones llevadas a cabo con sujetos vinculados del exterior y jurisdicciones no cooperantes o de baja/nula tributación quedarán exceptuadas de presentar declaraciones especiales si no superan los $150 millones en conjunto o los $15 millones por operación.
Asimismo, el decreto redefine los “bienes con cotización”, incorporando precios de referencia de mercados nacionales e internacionales, y establece la obligación de registrar electrónicamente los contratos de exportación dentro de los 60 días desde el embarque.
En este sentido, especifica que se deberá detallar información sobre contratos, compradores, precios, medios de transporte y condiciones de venta. ARCA podrá fijar precios o índices mínimos de mercado para evaluar la independencia de las operaciones.
En paralelo, se modifica el Decreto 353/2025 para extender el régimen simplificado de declaración del Impuesto a las Ganancias de personas humanas, incluyendo determinados casos de rentas de fuente extranjera cuando así lo disponga el organismo recaudador.
El texto oficial explicó que la medida se enmarca en la modernización y simplificación de la normativa tributaria, que tiene “el fin de adaptarla a la realidad económica actual, otorgar mayor seguridad jurídica a los ciudadanos y optimizar las herramientas de fiscalización y control del Estado”.
Al respecto, aseguró que “la simplificación tributaria se presenta como una herramienta esencial para reducir la presión fiscal formal, disminuir los costos administrativos y fomentar la regularización de las actividades económicas, resultando propicia la incorporación en determinados supuestos de la renta de fuente extranjera en la modalidad simplificada y opcional de declaración del Impuesto a las Ganancias”.
Las nuevas disposiciones adoptadas por la administración de Javier Milei entrarán en vigencia a partir de este miércoles 29 de octubre y regirán para los ejercicios fiscales que cierren a partir de esa fecha.
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