La jueza laboral Paula Calace Vigo rechazó los argumentos de los trabajadores que reclamaban su derecho a la libre afiliación y pedían estar bajo el convenio de Camioneros. La magistrada convalidó la decisión de la empresa y consideró que no se viola la prohibición de despidos por la pandemia
Una jueza laboral de Rosario rechazó un amparo presentado por 18 camioneros despedidos por la empresa Razzini Industrial, quienes pedían encuadrar su desempeño en el sindicato de la actividad, al considerar que existió justa causa en las cesantías y no se violó el decreto que las prohíbe mientras dure la emergencia sanitaria, informaron este miércoles fuentes judiciales.
La jueza laboral Paula Calace Vigo rechazó con esos argumentos el amparo presentado por los 18 trabajadores de la empresa que solicitaban ser reinstalados en sus puestos de trabajo y cobrar las remuneraciones no percibidas.
El conflicto se inició a principios de junio pasado, cuando un grupo de trabajadores de las dos plantas de Razzini en Rosario –firma del rubro de la construcción– solicitaron ser encuadrados en el convenio colectivo del Sindicato de Camioneros, puesto que realizan tareas como choferes de transporte.
Los empleados de Razzini están registrados en la Uocra (Construcción) y la Asociación Empleados de Comercio.
Según la resolución, los trabajadores fueron suspendidos primero por seis días por “no presentarse a trabajar” –los choferes dicen que realizaron “retención de tareas”– y luego por un plazo de 15 días por “violar las normas sanitarias” en relación al distanciamiento social por la pandemia de coronavirus.
Para entonces, la conducción local de Sindicato de Camioneros había bloqueado los accesos a las dos plantas de Razzini y, según denunció la empresa en la justicia penal, se registraron actos de violencia y amenazas a sus dueños, familiares y otros empleados de la compañía.
Finalmente, y tras desoír la conciliación obligatoria dictada por el Ministerio de Trabajo provincial, la empresa procedió a despedir a los 18 empleados que reclamaban su derecho a la libre afiliación sindical, lo cual conllevaba una mejora salarial.
La jueza Calace Vigo resolvió que la prohibición de despidos tiene como excepción “causas disciplinarias graves” que se encuentran manifiestas “en virtud de los hechos de boicot, amenazas al personal, dueños y familiares de los mismos, impidiendo con su accionar deliberado el ingreso de clientes y proveedores, insultando y amenazando a los demás compañeros de trabajo”.
La magistrada recordó que existe una “denuncia penal radicada en su contra tanto por los dueños de la empresa como por alguno de sus compañeros de trabajo, víctimas de su accionar contrario a derecho”.
La resolución, que no se encuentra firme, avanzó sobre una medida cautelar y no sobre el fondo de la cuestión en debate, quedando pendiente la sentencia definitiva del proceso, informaron fuentes judiciales.
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