Policiales

La Corte Suprema nacional dejó firme la condena a perpetua de Cable Solís, temido sicario de Tablada

Solís había sido condenado en abril de 2021 junto a Emiliano "Jija" Avejera y José Pucheta por una serie de homicidios y ataques cometidos entre noviembre de 2016 y febrero de 2018. Ahora el máximo tribunal rechazó el último recurso que tenía su defensa

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a prisión perpetua contra Enrique Adrián «Cable» Solís, considerado uno de los sicarios más notorios de Rosario, originario de barrio Tablada, y vinculado a múltiples bandas narco de la ciudad.

Solís había sido condenado en abril de 2021 junto a Emiliano «Jija» Avejera y José Pucheta por una serie de homicidios y ataques cometidos entre noviembre de 2016 y febrero de 2018, muchos de ellos en el marco de la feroz disputa territorial entre grupos criminales.

El fallo del máximo tribunal, con los votos de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó por «inadmisible» el último recurso presentado por la defensa y dejó firme la pena de prisión perpetua dictada por el Tribunal Pluripersonal de juicio del Colegio de Jueces Penales de Primera Instancia de Rosario.

Entre los hechos por los que se lo condenó figuran el asesinato por error de Javier Lisandro Fleitas, quien fue atacado cuando circulaba en moto con su familia en un intento fallido por eliminar a Lautaro «Lamparita» Funes. También fue considerado partícipe en el homicidio de Lorena Ojeda, cometido en un ataque contra su hermana Brisa, testigo clave en otra causa narco.

Además, Solís fue acusado de haber participado en un intento de homicidio contra Jorge Funes, padre de los hermanos Funes, y en otros dos hechos fatales ocurridos horas después, en los que murieron Sofía Sabrina Barreto y Luis Hernán Tourn. Días después, también se le atribuyó la participación en el asesinato de Ulises Nicolás Funes.

La sentencia incluye cargos por homicidios agravados por el uso de armas de fuego, tentativa de homicidio, portación ilegítima de arma de guerra, encubrimiento agravado y daño en banda. La Corte Suprema santafesina ya había rechazado previamente los planteos de la defensa oficial, que volvió a recurrir ante la Nación, sin éxito.

El fallo también declaró a Solís reincidente por segunda vez y desestimó los planteos de inconstitucionalidad sobre la prisión perpetua y la reincidencia.

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