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La Justicia consideró que móvil policial no respetó la prioridad de paso, pero estaba en cumplimiento del deber

El 5 de mayo de 2016 se encontraba conduciendo atento y reglamentariamente su automóvil marca Ford Eco Spor, sobre el carril derecho de la calle Laprida en sentido al sur

La Justicia rosarina rechazó la demanda contra un policía y la Provincia de Santa Fe porque al producirse un choque entre el automovilista y el móvil policial los policías no respetaron la prioridad de paso, pero en estaban en cumplimiento del deber.

El 5 de mayo de 2016 se encontraba conduciendo atento y reglamentariamente su automóvil marca Ford Eco Spor, sobre el carril derecho de la calle Laprida en sentido al sur.

Al cruzar la intersección con el pasaje Ivanowsky, un móvil policial Chevrolet Corsa se interpone de forma imprevista en su circulación sin respetar su prioridad de paso.

Aseveró que pese a que frenó no pudo evitar un impacto entre el frente de su unidad y el lateral delantero derecho de patrullero policial, según publicó el periodista Alberto Furfari en el sitio Versión Rosario.

Los policías que iban en el móvil se dirigían a San Martín y Ameghino, producto de un llamado al 911 por el cual se daba cuenta de que había un colectivo de línea 140 interno 142 el cual habría encendido su luz de pánico, motivo por el cual prendieron la sirena y comenzaron a desplazarse hacia el lugar mencionado.

Alega que en dichas circunstancias, al arribar a la intersección de calles Ivanowsky y Laprida, circulando por Ivanowsky con dirección y sentido hacia el oeste, fueron embestidos fuertemente en su lateral derecho, ambas puertas, por el rodado Ford Ecosport.

Debido al fuerte impacto, descienden del rodado y fueron a asistir al embistente quien les manifestó que no estaba lesionado y que pese a haberlos visto, no pudo frenar y ese fue el motivo por el cual los embistió.

El policía, patrocinado por el abogado Nicholas Oviedo, atribuyó responsabilidad exclusiva al demandante atento a que la normativa de tránsito ley 24.449 con sus correspondientes modificaciones contempla el presente hecho en su art. 41 inc. c) indicando que el conductor del Ecosport carecía de cualquier tipo de prioridad de paso respecto al automóvil policial el cual, como consta en acta, estaba en ejercicio de sus funciones.

El juez en lo civil y comercial Maximiliano Cossari al rechazar la demanda afirmó, siempre según Versión Rosario, que “como es bien sabido, la regla general consiste en que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha”. Ahora bien, la norma contempla una serie de excepciones a la regla, entre ellas, “c) Los vehículos del servicio público de urgencia, en cumplimiento de su misión”.

 

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