La Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal declaró admisibles recursos extraordinarios presentados por el Estado y el Grupo Clarín. De esta forma elevó la causa al máximo tribunal que definirá sobre la constitucionalidad de la norma.
La resolución estuvo a cargo de la Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal que avaló presentaciones contrapuestas realizadas por el Estado Nacional, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Cablevisión SA y Grupo Clarín, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).
Ambas partes habían realizado las presentaciones luego de que la Cámara declarara «inconstitucional» el artículo de la Ley de Medios que fija límites a la concentración de licencias, aunque avaló otros apartados también objetados por Clarín.
El tribunal decidió que el Grupo Clarín podrá seguir siendo titular de todas sus licencias de cable, por lo que el único límite que se le establece es no sumar más de diez licencias de aire y radio en todo el país.
En cambio, consideraron constitucional las normas de transferencia de licencias del articulo 41, además de la potestad del Estado de distribuir el espectro radioeléctrico presente en el punto 45 de la ley aprobada por el Congreso en 2009. Tal como se esperaba, será la Corte la que resuelva sobre el pleito.
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