Categorías: Policiales

Lo condenaron a 15 años de prisión por abusar de su sobrina menor de edad

La pena recayó sobre un hombre de 31 años por ultrajar a la niña desde comienzos de 2017, cuando iba a su casa a visitarlo. Tres jueces votaron por unanimidad en una pesquisa que estuvo a cargo de la fiscal Alejandra Del Río Ayala

Un hombre de 31 años identificado como Diego David Rojas fue condenado a 15 años de prisión como autor de delitos contra la integridad sexual de su sobrina menor de edad. Los ilícitos fueron cometidos entre febrero y abril de 2017 en la ciudad de Santa Fe.

La sentencia fue dispuesta por unanimidad por un tribunal integrado por los jueces Sandra Valenti, Sergio Carraro y Pablo Ruiz Steiger, en un juicio oral que se realizó en los Tribunales de la capital provincial. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Alejandra Del Río Ayala.

“Si bien aguardaremos los fundamentos del tribunal, estamos conformes con la sentencia”, dijo Del Río Ayala quien resaltó que los tres jueces condenaron por unanimidad.

La funcionaria del Ministerio Público de la Acusación (MPA) mencionó que “en el marco de la investigación, la víctima fue entrevistada en cámara Gesell”. En tal sentido, valoró que “brindó un relato único y coherente que estuvo en línea con los resultados de las pericias que se realizaron”.

Del Río Ayala también destacó que “la víctima siempre estuvo acompañada por sus padres” y agregó que “durante todo el proceso le brindaron contención y apoyo familiar”.

Según la investigación, los abusos tuvieron lugar en la casa del imputado cuando la niña iba sola de visitas.

“En al menos una ocasión, la víctima opuso resistencia de manera expresa y él utilizó su fuerza física para perpetrar el abuso de forma violenta”, planteó la fiscal.

Del Río Ayala también destacó que el hombre de 31 años mantenía una relación de confianza con la niña y la atacó en momentos en los que se quedaron a solas. Al respecto, expuso que “dadas las características de los hechos ilícitos y las circunstancias en las que ocurrieron, tuvieron entidad suficiente para generar consecuencias negativas en la salud de la víctima”.

Por ello le atribuyó los delitos de abuso sexual con acceso carnal de una persona menor de 16 años, aprovechando su inmadurez sexual, calificado; de abuso sexual con acceso carnal agravado (por el vínculo); y de promoción a la corrupción de menores agravada (por violencia y por haber estado encargado de la guarda)”.

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