El nuevo decreto rige para todo el territorio provincial. Los empleados tendrán que trasladarse en servicios de transporte contratados, entre otras condiciones
El gobierno de Santa Fe, a través del Decreto Nº 1.497, autorizó en todo el territorio provincial los servicios vinculados a obras privadas que ocupen más de 30 empleados de la construcción, más profesionales o contratistas de distintos oficios.
Las condiciones a tener en cuenta:
* Autorización previa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante solicitud, la cual deberá incluir un protocolo particular para la obra.
* Autorización de las autoridades municipales del lugar donde se encuentra la obra, tanto en relación a la cantidad de personas a ocupar de manera simultánea como del protocolo particular a aplicar.
* Que el empleador o empleadora garanticen el traslado de los trabajadores y trabajadoras: no podrán trasladarse en transporte público. Es decir, que deberán disponer o contratar servicios de transporte y organizar los viajes para cumplir con la prevención sanitaria.
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