Política

Otro manoteo: el Tesoro tiene vía libre para colocar deuda en el Fondo de Asistencia Laboral que financiará indemnizaciones

Es un nuevo gran inversor institucional que se fondea con aportes patronales, y a costa de la seguridad social. Lo creó la ley de reforma laboral. La reglamentación publicada este miércoles privilegia la deuda emitida por el Tesoro entre los tipos de colocaciones que le permite a los Fondos Comunes o Fideicomisos que administren el capital acumulado

El Gobierno nacional reglamentó en qué instrumentos financieros podrán invertirse los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la Ley 27.802 de «modernización laboral» en reemplazo de las indemnizaciones tradicionales. La Resolución 1276/2026 del Ministerio de Economía, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, tiene un dato preocupante: fija límites para cada una de las inversiones como forma de no concentrar el riesgo, menos para la que se coloquen en deuda del Estado nacional.

La resolución establece que las entidades habilitadas deberán mantener al menos el 10% del patrimonio total del FAL en activos de alta liquidez y bajo riesgo de mercado (depósitos a la vista, a plazo fijo precancelables o con vencimiento de hasta 30 días y letras del Tesoro nacional en pesos, a tasa fija o ajustadas por CER, con plazo de hasta 90 días).

Para el resto del capital acumulado, la resolución establece qué tipo de inversiones pueden hacer los administradores del Fondo:

  • Valores negociables representativos de deuda emitidos por el Estado nacional.
  • Valores negociables de deuda emitidos por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Depósitos constituidos en entidades financieras autorizadas por el Banco Central.
  • Obligaciones negociables emitidas en la Argentina por empresas privadas.

 

Lo singular es que hay condiciones y topes de inversión en cada uno de los ítems habilitados, menos en uno. La deuda provincial, dice la Resolución, no podrá representar más del 15% de la cartera. Las obligaciones negociables privadas tendrán un límite del 20%. Los depósitos en una misma entidad financiera tampoco podrán superar el 15%. Para los títulos dólar linked habrá además un máximo agregado del 10%. Para la deuda del Tesoro Nacional, en cambio, no hay un porcentaje máximo equivalente.

Economía puso techo a todas las inversiones en el mercado de capitales autorizadas, menos para las que se hagan en los propios títulos, los del Tesoro. Incluso, para el 10% que debe estar disponible con liquidez, contempla colocarlo en letras del Tesoro nacional en pesos.

Y otra más. Los instrumentos financieros autorizados deberán contar con calificación AAA en escala nacional otorgada por al menos dos calificadoras registradas ante la CNV. Los títulos emitidos por el Estado Nacional, en cambio, no tendrán ese requisito.

 

Ahorro para pagar indemnizaciones a costa de la seguridad social

El FAL, que entrará en vigencia el próximo 1 de noviembre, es un sistema de cuentas individuales de afectación específica por cada empleador del sector privado. Es un esquema de ahorro previo del que cada empresa retirará eventualmente el monto de una indemnización y lo depositará en la del trabajador despedido.

El fondeo será administrado por Fondos Comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Ellos serán los encargados de invertir los activos para obtener una renta y así mantener o aumentar el capital acumulado. Las Pymes deben aportar como mínimo el 2,5% de su masa salarial, y las grandes empresas, el 1%. Esos aportes, otro dato importante, se compensan con una reducción equivalente en las contribuciones patronales a la seguridad social (Ansés), que así se desfinanciará.

 

Una gran financiadora

El tamaño potencial del FAL no está estimado.

Se puede hacer el cálculo del máximo y mínimo posible. Eso, en base a los últimos datos disponibles del Sipa (Sistema Integrado Previsional Argentino), que en abril informó 6,13 millones de asalariados privados registrados.

Otro factor de referencia es el Ripte (remuneración imponible de los trabajadores) de mayo, que alcanzó los 1.849.728 de pesos mensuales.

Las Pymes deben aportar al Fondo el 2,5% de su masa salarial y las grandes empresas el 1%. Como no está precisada la distribución de asalariados entre ambas, se puede aproximar un techo y un piso suponiendo que todos están empleados en las primeras o en las segundas.

La cuenta da entonces aproximadamente entre 3,4 y 1,36 billones de pesos mensuales. Es el volumen tentativo del nuevo gran inversor institucional creado por la ley de reforma laboral. Y según la Resolución publicada este miércoles, el Tesoro tendrá allí una enorme caja donde colocar deuda, con ventaja sobre otros instrumentos de inversión.

 

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