La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica tomó la decisión sobre el aceite luego de la denuncia de un particular
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto «Aceite de Oliva Virgen Extra Orgánico, Selección del año, marca Salvia Morada, Delicias Artesanales», según la Disposición 2737/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La medida fue tomada después de que un particular consultara al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre la genuinidad del producto. Tras realizar averiguaciones, se determinó que el aceite de oliva carece de registros de establecimiento y de producto, por lo que resulta ser un producto ilegal que no puede garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración, calidad e inocuidad.
De acuerdo a la normativa vigente, un alimento que no puede ser identificado de forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina.
La ANMAT resulta competente para prohibir este producto en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1490/92, velando así por la salud de la población ante el consumo de productos alimenticios ilegales.
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