El BCRA reglamentó el uso de las cuentas del Fondo de Cese Laboral
El Banco Central reglamentó las cuentas especiales para depósitos del Fondo de Cese Laboral, un mecanismo optativo que busca darle previsibilidad a las empresas en materia de indemnizaciones.
Lo hizo a través de la Comunicación «A» 8288/2025 que se conoció en las últimas horas.
Se trata de un régimen opcional y que permite reemplazar la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (sueldo por año trabajado).
Esta alternativa fue habilitada mediante el Decreto 847/2024, integrado a la Ley de Bases (Ley 27.742).
El plan contempla la constitución de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF) que deben incluir explícitamente “Cese Laboral” en su denominación.
Los aportes son realizados por el empleador, y también pueden ser voluntarios por parte del trabajador si así lo acuerdan las partes mediante convenio colectivo.
El aporte mensual máximo será generalmente del 8 % de la remuneración computable, aunque en algunos sectores —como UOCRA— el primer año llega al 12 %.
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