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Se aplicó por primera vez la flamante ley de Reiterancia: lo hizo el juez federal de Reconquista y mantuvo preso a un narco

"Esta ley tiende a evitar las puertas giratorias del Poder Judicial", dijo el magisttrado Aldo Alurralde. Y sostuvo que la norma no lesiona “el principio de inocencia” y que sin ella el acusado “podría haber obtenido la libertad”, siendo que fue atrapado en flagrancia transportando marihuana y tenía antecedentes en la Justicia provincial

El juez federal de Reconquista Aldo Alurralde aplicó por primera vez en el país la llamada “ley de Reiterancia” –en rigor una modificación de diferentes artículos del Código Penal y del Código Procesal Penal establecida a través de la ley 27.785, aprobada en febrero pasado–. La norma busca evitar la liberación de personas que reinciden en delitos, y la aplicación la ciudad cabecera del departamento General Obligado bloqueó la salida de un narco.

«Se habilita la prisión preventiva cuando existen más de dos antecedentes sin condena firme, evitando que el imputado continúe en libertad y reincida en actividades delictivas», marcó el juez Alurralde. “Sin esta ley, el acusado podría haber obtenido su libertad. Hubiera tenido menos argumentos jurídicos como para denegarle cualquier beneficio», señaló.

Es que el caso en cuestión involucra a un hombre detenido en la ruta nacional 11 cundo transportaba varios kilos de marihuana. La detención fue producto del trabajo de la Fiscalía y la intervención de un perro detector de drogas. Pese a no contar con condenas firmes, el acusado registraba antecedentes por delitos contra la propiedad en la Justicia provincial. «Se habilitó la prisión preventiva independientemente de que no haya obtenido condena”, explicó Alurralde.

La ley de Reiterancia se diferencia de la reincidencia, ya que permite considerar antecedentes a delitos que están en proceso penal, sin sentencia firme. “La ley tiende a evitar las puertas giratorias del Poder Judicial”, sostuvo el magistrado, quien aplicó la norma para forzar la prisión preventiva para el acusado.

El juez también mencionó que la ley no contradice el principio de inocencia, ya que se refiere a infringir la ley en forma repetida. “Es un elemento que no va a servir como condena en la nueva causa, pero sí para considerar el riesgo procesal», aclaró Alurralde.

El juez también destacó la implementación de esta herramienta, que permite abordar casos de riesgo procesal, especialmente en narcotráfico. «La víctima es la sociedad, ya que lo que más daña es el entramado social», manifestó.

“No podemos dejar libre a un delincuente porque no haya lugar donde alojarlo», sostuvo el juez, quien comentó que la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, saludó la aplicación que ejerció y además le anticipó la creación de más cárceles, “conforme los perfiles de riesgo”.

Ya en febrero pasado la ministra nacional desparramó elogios al magistrado: lo hizo cuando visitó la ciudad del departamento General Obligado para la quema de 2,5 toneladas de marihuana. En el marco del procedimiento, destacó a Alurralde como “un ejemplo para el país”.

 

“Demuestra a las fuerzas de seguridad que no se amedrenta, que no tiene miedo, que no suelta presos, que sabe perfectamente quién es el delincuente y quién es la víctima; y así marca camino”, continuó.

Por su parte, el juez también reconoció que «la ley es un parche ante la mora judicial existente», que genera procesos interminables. «La cantidad de vías recursivas y las impugnaciones forman parte de los tiempos de un proceso penal», marcó Alurralde.

Finalmente, el magistrado enfatizó que las garantías de un proceso deben existir tanto para el imputado como para las víctimas, destacando la importancia de tener «una perspectiva de víctima» en la Justicia.

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