El siniestro ocurrió en julio de 2017 en la ruta nacional 33, a la altura de Pérez
La Justicia Extracontractual de Rosario condenó al dueño de un auto y la hizo extensiva a Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada en la medida del seguro por un accidente vial.
Deben pagar de resarcimiento económico por incapacidad física la suma de $18.000.000, $9.000.000 por daño moral, $3.500.000 por tratamiento psicológiico, más intereses, lo que totaliza $33.000.000, según publicó el periodista Alberto Furfari en el sitio Versión Rosario.
El siniestro ocurrió en julio de 2017 en la ruta nacional 33, a la altura de Pérez.
Un auto Chevrolet se cruzó de carril y chocó contra otro vehículo y éste a su vez colisionó con otro rodado.
El conductor del primer auto colisionado sufrió una incapacidad del 27% sobre el total vida.
La jueza Luciana Martínez sostuvo en la sentencia que “el art. 39, inc b) de la Ley 24.449 (Ley de Tránsito) establece que en la vía pública debe circularse con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo; que cualquier maniobra debe advertirse previamente y ser realizada con precaución, sin crear riesgo ni afectar la fluidez del tránsito; estableciendo asimismo el 64 de la Ley 24.449 que se presume responsable del accidente al que cometa una infracción relacionada con la causa del mismo. Abogados patrocinantes del primer vehículo embestido fueron los doctores Gustavo Dellepiane y Martín Corso.
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