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¿Se puede acceder al reintegro del programa Compre sin IVA a través de Billetera Santa Fe?

Desde la secretaría de Comercio santafesina aclararon que, por el momento, los dos beneficios nos son compatibles. "Solo se puede utilizar el plástico para que aplique el reintegro del 21%", aclaró Juan Marcos Aviano, titular de la cartera provincial

Este lunes comenzó a regir el programa Compre sin IVA, que reintegra hasta $18.800 por compra de productos de la canasta básica con tarjeta de débito y una de las dudas de los consumidores santafesinos tuvo que ver con la compatibilidad que existe entre esta medida y Billetera Santa Fe.

Desde la secretaría de Comercio de la provincia, aclararon que por el momento la medida tiene efecto solo con las compras a través de tarjeta de débito y no mediante billeteras virtuales, como es el caso de la aplicación Billetera Santa Fe, que reintegra el 30% de las compras con tope de $8.000 en territorio provincial.

«Sólo se puede utilizar el plástico para que aplique el reintegro del 21%» simplificó el secretario de Comercio Interior, Juan Marcos Aviano en diálogo con El Ciudadano.

Durante los últimos días se especuló con que, en caso de pagar a través de Billetera Santa Fe, pero con la tarjeta de débito vinculada, los dos reintegros (Billetera Santa Fe y Compre sin IVA) serían acumulables. Por el momento esa posibilidad está descartada.

También aclaró que es una situación que se mantiene en todo el país, ya que todavía no hay billeteras virtuales que estén contempladas en el beneficio, aunque están negociando entre Afip y las principales fintech para que los usuarios puedan pagar a través de ese medio y acceder al reintegro del 21%.

Cómo saber si puedo acceder al beneficio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un sitio en el que las personas pueden consultar si están incluidas como beneficiarias del programa Compre sin IVA, que reintegra el impuesto a las compras de canasta básica con tarjeta de débito.

Para chequear se debe entrar a https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx e ingresar el número de CUIL/CUIT, que arrojará si la persona está incluida dentro de la nómina para gozar del beneficio de devolución por compras con tarjeta de débito.

La medida abarca a trabajadores y trabajadoras que cobren salarios de hasta $ 708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo.

La información disponible en el sitio de AFIP se actualiza mensualmente, debido a las modificaciones que puedan surgir en el perfil de consultante, que lo incluyan o no como beneficiario del programa.

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