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Telefónica deberá pagar $20 mil millones a usuarios de todo el país por facturación indebida

Es por el cobro compulsivo de un "derecho a acceder a servicios de valor agregado" que se facturaba independientemente de si el cliente contrataba alguno de ellos. Beneficia a unos tres millones de consumidores

La justicia federal falló a favor de los consumidores y contra la empresa Telefónica a la que condenó a pagar una cifra superior a los 20.000 millones de pesos a unos tres millones de usuarios de todo el país por la imposición de un cargo en la facturación, desde 2014, sin consentimiento de los consumidores.

La sentencia del Juzgado Federal 2 de La Plata es por una causa colectiva que inició el Centro de Orientación Defensa y Educación del Consumidor (Codec) contra Telefónica de Argentina. La resolución declara «la nulidad del cobro del Servicio de Valor Agregado de Telefónica Básica (SVA-TB)», que la empresa impuso en la facturación sin consentimiento de los usuarios. Desde Telefónica indicaron a Télam que su equipo de Legales está trabajando sobre el caso.

«En una condena con pocos antecedentes jurídicos, el Juzgado Federal 2 de La Plata ordenó a la empresa Telefónica SA pagar más de 20 mil millones de pesos a tres millones de usuarios de todo el país», difundió la asociación Codec en un comunicado.

El organismo de consumidores agregó que la sentencia «obliga a la empresa a devolver todo lo ya cobrado por este concepto, más los intereses que corresponden a tasa activa, una multa del 25% por facturación indebida y el daño punitivo por la gravedad de la conducta de la empresa».

El concepto SVA-TB, según explicó Codec, «no se correspondía en realidad con ningún servicio, sino que era una suerte de «derecho a acceder a servicios de valor agregado» que era cobrado independientemente de adquirir alguno de esos servicios».

Precisaron que de acuerdo a los peritajes en la causa, «la empresa cobró este cargo hasta mediados del año 2022, e incluso en algunos casos lo seguiría haciendo hasta la actualidad».

El monto, con los intereses hasta 2022, alcanza los 10.000 millones de pesos, a lo que se suma la multa del 25% sobre el capital cobrado, lo que añade otros 5.000 millones. Y se suma otro monto extra por el tope legal del concepto daño punitivo.

La base de la denuncia es que la imposición del cargo viola la ley de Defensa del Consumidor, que en su artículo 35 prohíbe la «propuesta al consumidor, por cualquier tipo de medio, sobre una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que genere un cargo automático en cualquier sistema de débito, que obligue al consumidor a manifestarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice».

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