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Condenaron a un hombre por intentar asfixiar con una cadena a su ex pareja

El ataque ocurrió en abril de 2020 en la localidad de Santa Rosa de Calchines. Tres jueces santafesinos le dictaron 12 años y ocho meses de prisión por tentativa de femicidio. La Fiscalía analiza apelar el fallo, ya que había pedido una pena más severa

Un hombre de 32 años fue condenado por intentar asfixiar con una cadena a su ex pareja en abril de 2020, en la localidad santafesina de Santa Rosa de Calchines, ubicada en el departamento de Garay. Por el delito de tentativa de femicidio le dieron 12 años y ocho meses de prisión. Así lo resolvieron los jueces Pablo Busaniche, Pablo Ruiz Staiger y Lisandro Aguirre tras un juicio oral y público celebrado en los tribunales de Santa Fe.
Según informó el Ministerio Público de la Acusación (MPA), Facundo Nicolás Schmidt, de 32 años, fue hallado culpable del delito de tentativa de homicidio por golpear e intentar asfixiar a su pareja con una cadena en abril de 2020.

Desde la Fiscalía de Homicidio dijeron que esperan conocer los argumentos de la sentencia para analizar si apelan la resolución, ya que habían pedido una pena más elevada para el acusado.

Según imputación, la madrugada del 15 de abril de 2020 Schmidt intentó matar a su pareja dentro de una vivienda rural. Al describir la escena, los fiscales dijeron que primero la golpeó en la cabeza con un elemento contundente y luego comenzó a asfixiarla con una cadena que le colocó en el cuello con doble vuelta. Los investigadores agregaron que la mujer fue abordada por la espalda para que no pueda ofrecer resistencia.

De acuerdo a la acusación, la mujer se desvaneció pero logró sobrevivir por la llegada de agentes policiales que le brindaron primeros auxilios y la trasladaron a un centro de salud.

Para la Fiscalía se trató de un delito cometido en un contexto de violencia de género física y psicológica por existir una relación desigual de poder entre el acusado y la víctima.

Al respecto aclararon que al momento del ataque pesaba sobre Schmidt una orden judicial de prohibición de acercamiento, además que por entonces estaba vigente el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus por lo cual tampoco podía circular sin justificativo.

La Fiscalía también recordó que el acusado ya había agredido a la víctima en oportunidades anteriores, una vez lesionándole una pierna y otra amenazándola de muerte. También tenía una denuncia por quemar las pertenencias de la mujer en el marco de los ataques a los que la sometía.
El tribunal que lo condenó consideró probado que era el autor de tentativa de homicidio calificado (por el vínculo y por haber sido perpetrado por un hombre en contra de una mujer, mediando violencia de género – femicidio), y del delito de lesiones leves dolosas agravadas (por violencia de género), amenazas simples, desobediencia a la autoridad, incumplimiento de un mandato judicial y violación de medidas para evitar la propagación de una epidemia.

 

 

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