País

Contundente fallo contra un padre que debía la cuota alimentaria

El juez Lucas Ramiro Funes, de la localidad cordobesa de Huinca Renancó, ordenó la retención del carnet de conducir, la suspensión de líneas telefónicas además del embargo y secuestro de bienes que tenía el deudor en su domicilio

En un fallo que sienta un precedente, el juez Lucas Ramiro Funes, de Huinca Renancó, Córdoba, ordenó una serie de medidas rigurosas contra un padre que incumplía con el pago de la cuota alimentaria. Basándose en el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación, el magistrado implementó acciones como la retención del carnet de conducir, la suspensión de líneas telefónicas y el embargo de bienes muebles no registrables, ejecutado mediante un allanamiento con apoyo de la fuerza pública. Además, el caso fue derivado a la fiscalía para evaluar posibles acciones penales, y el deudor fue inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios.

El juez explicó que, aunque el hombre trabajaba en negro y no tenía bienes registrables a su nombre, esto no impidió que se aplicaran medidas para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. «No porque alguien trabaje en negro la Justicia se queda sin herramientas», señaló Funes en declaraciones al portal Impacto Informativo. La decisión se tomó ante la situación de vulnerabilidad de la madre y los hijos, quienes carecían de recursos para cubrir necesidades básicas como alimentos y servicios esenciales.

Funes detalló que, pese a existir un acuerdo homologado entre las partes, éste no se cumplió, lo que llevó a la intervención judicial. «Tuvimos que ubicar su residencia actual, ya que se había mudado, y procedimos a la retención del carnet de conducir. También suspendimos sus líneas telefónicas y le prohibimos contratar nuevas. Además, se embargaron bienes dentro de su domicilio, los cuales podrán ser subastados para saldar la deuda», explicó.

El magistrado aclaró que, aunque estas medidas no son habituales, existen antecedentes en la jurisprudencia. En otros casos, se han aplicado restricciones como la prohibición de asistir a espectáculos públicos o arrestos temporarios los fines de semana. «Cada situación es diferente, pero la Justicia debe actuar para proteger el bienestar de los niños», afirmó.

Funes destacó la importancia de difundir este tipo de decisiones, ya que sirven como un mensaje para quienes intentan evadir sus responsabilidades. «Es un freno para quienes dicen ‘no tengo nada de donde agarrarme’. Podría haber aplicado medidas más severas, como el arresto, pero el objetivo no es causar perjuicio, sino garantizar que las familias tengan lo necesario», sostuvo.

Tras las medidas adoptadas, el padre mostró «buena voluntad» y se llegó a un nuevo acuerdo en diciembre de 2024, cuya primera cuota fue cumplida en enero de 2025. Sin embargo, Funes advirtió que casos similares son frecuentes y que la Justicia debe adaptarse a cada situación para encontrar soluciones efectivas. «Hay personas que tienen autos 0 km, viajan a ver partidos de fútbol o asisten a espectáculos, mientras sus hijos no reciben la cuota alimentaria. Esto no puede seguir así», concluyó.

 

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