País

Convirtieron en ley las restricciones para acceder a la ciudadanía italiana

La Cámara de Diputados en Roma aprobó la iniciativa que ya tenía media sanción de los senadores. De esta manera, se efectivizó el decreto de Giorgia Meloni

Las restricciones para obtener la ciudadanía italiana, se convirtió en ley luego de que la Cámara de Diputados en Roma aprobó la iniciativa que ya tenía la media sanción de los senadores la semana anterior. La reforma pone trabas al acceso a la nacionalidad y afectará a miles de argentinos.

De esta manera, el Congreso de Italia aprobó el decreto elevado por el gobierno de la primera ministra Giorgia Meloni que modifica el proceso de reconocimiento para acceder a la ciudadanía italiana.

El Gobierno de Giorgia Meloni aprobó el 28 de marzo esta medida que limita la concesión de la nacionalidad a los descendientes de italianos que residen en el extranjero para frenar las solicitudes. La nueva legislación fue aprobada originalmente como un decreto-ley, un instrumento usado en momentos de urgencia y que debe ser revalidado por las dos cámaras parlamentarias en el plazo de 60 días. El trámite requerido concluyó este martes.
En un comunicado, el Ministerio de Asuntos Exteriores italiano, que encabeza Antonio Tajani, principal impulsor de la medida, puso como ejemplo a Argentina, que tiene la mayor comunidad de inmigrantes italianos, donde 20.000 descendientes obtuvieron la nacionalidad del país europeo en 2023 en virtud del derecho de sangre, mientras que en 2024 lo hicieron 30.000.

Italia concede su nacionalidad siguiendo, entre otras vías, el principio de ‘Ius Sanguinis’, es decir, por descendencia o filiación, lo que ha hecho que muchas personas extranjeras pero descendientes de antiguos emigrantes italianos la hayan reclamado.

Quiénes podrán acceder a la ciudadanía italiana

El decreto establece que, a partir de la reforma, los italianos nacidos en el exterior no transmitirán automáticamente a sus hijos la ciudadanía. El texto establece un límite generacional para la transmisión de la ciudadanía por derecho de sangre.

Así, la ciudadanía solo puede ser reconocida a quien tenga un antepasado de primer grado (padre o madre) o de segundo grado (abuelo o abuela) nacido en Italia y no tenga otra nacionalidad. Así, sólo se concederá durante dos generaciones, es decir, si el solicitante tiene un progenitor biológico o adoptivo o un abuelo nacido en Italia.

También si el padre o madre de un solicitante nacido en el extranjero ha residido “al menos durante dos años consecutivos” en el país europeo antes de su nacimiento. La reforma termina con los reconocimientos automáticos de la ciudadanía. Hasta ahora, por ejemplo, los argentinos con pasaporte italiano podían transmitir la ciudadanía a sus hijos. Ahora, solo será posible tramitarla si los interesados tienen un padre o un abuelo nacido en Italia.

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