Este tipo de emprendimientos no estaba contemplado en la Ley de Riesgos del Trabajo. Se trata de una actividad que, según el Gobierno, "se incrementó de forma notable"
El Gobierno extendió el ámbito de aplicación del régimen de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) a las cooperativas de trabajo, para que los asociados «puedan recibir la correspondiente atención y reparación del daño» en caso de ocurrir.
La extensión quedará condicionada a que la propia cooperativa solicite su inclusión en ese régimen respecto de sus asociados, de acuerdo con el decreto 651/2022, publicado en el Boletín Oficial.
Si la cooperativa ingresa en el régimen, le corresponderá contratar la cobertura de sus asociados con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y abonar las correspondientes alícuotas, de acuerdo con lo dispuesto.
El cálculo de las prestaciones dinerarias establecidas la Ley Ley N° 24.557 (de Riesgos del Trabajo) será efectuado sobre la base de las retribuciones promedio declaradas para el trabajador o la trabajadora durante el año anterior a la primera manifestación invalidante o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor, conformadas por la distribución de excedentes definidos por la cooperativa o sobre el Salario Mínimo Vital y Móvil, el que sea mayor, aclaró el decreto.
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