El subsecretario de Ingresos Públicos, Florencio Galíndez, explicó que la medida apunta a poner igualdad entre las aplicaciones que ya tributan Ingresos Brutos en forma regular al encontrarse radicadas en el país y las que no
En el marco de la Ley Tributaria provincial aprobada este año, la Administración Provincial de Ingresos (API) aplicará un nuevo régimen de percepción sobre los Ingresos Brutos a los servicios digitales provistos por empresas no residentes, cuando el consumo o utilización económica ocurra en el ámbito de la provincia.
El subsecretario de Ingresos Públicos de la Provincia, Florencio Galíndez, explicó que la medida -que comenzará a regir a partir de julio-, busca poner en pie de igualdad a aquellas plataformas que ya tributan Ingresos Brutos en forma regular por encontrarse radicadas en el país -como Disney+, Google, Facebook, PedidosYa o Cabify- con aquellas que no lo están y por lo tanto no pagan impuestos -como Netflix, Spotify o Uber-.
El funcionario destacó además que “la alícuota provincial es notoriamente menor a la que aplica Nación, que desde 2018 cobra el 21 % de IVA. Además, ya hay otras 9 provincias que aplican impuestos a estas aplicaciones, llegando al 5 % en algunos casos. La diferencia está en que, en el caso de Santa Fe y de manera inédita, el usuario que resulte alcanzado por la percepción podrá solicitar la devolución del monto percibido mediante un trámite online, o bien podrá imputar ese monto como crédito fiscal para pagar otros tributos provinciales”, como el Impuesto Inmobiliario o la Patente Única sobre Vehículos.
En ese sentido, desde la Provincia se remarcó que “con esta medida no solo logramos la igualdad con las empresas que brindan servicios digitales en la provincia, sino que establecimos que los usuarios puedan solicitar el reintegro del monto abonado por Ingresos Brutos o utilizarlo como crédito para el pago de otros impuestos”, y se resaltó que “sería justo y beneficioso para el usuario poder solicitar la devolución de lo que se le cobra desde el 2018 por el IVA que aplica Nación”.
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