Niño abusado y asesinado: condenaron a perpetua a la madre de Lucio Dupuy y a su pareja

En una audiencia, se expusieron las condenas a la pena máxima que establece el Código contra Magdalena Espósito y Abigail Páez, ya declaradas culpables del delito de “homicidio agravado” en distintos grados

El Tribunal Oral de Santa Rosa, La Pampa, anunció este viernes las condenas a prisión perpetua para las dos mujeres condenadas por el homicidio del niño Lucio Dupuy.

En la audiencia de imposición de penas, el tribunal dispuso las condenas a la pena máxima que establece el Código contra Magdalena Espósito –madre de Lucio- y Abigail Páez, su pareja. Ambas ya habían sido declaradas culpables del delito de “homicidio agravado” en distintos grados.

El tribunal resolvió, además, rechazar el planteo de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua que había sido formulado por los defensores oficiales de ambas condenadas.

Los jueces incluyeron como “accesoria” de la pena un artículo del Código Penal que establece que “la reclusión y la prisión por más de tres años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena, la que podrá durar hasta tres años más, si así lo resuelve el tribunal, de acuerdo con la índole del delito”.

 

La resolución añade que ambas condenadas quedarán incorporadas al Registro de Antecedentes de Condenados por delitos contra la integridad sexual.

Las dos acusadas no estuvieron presentes en la sala, tal como lo hicieron en audiencias anteriores. Permanecieron en el Complejo Penitenciario 1 de San Luis, donde se encuentran privadas de libertad, y se negaron a escuchar la imposición de penas. Sí estuvieron presentes Cristian, padre de la víctima, y su abuelo Ramón, que impulsó durante más de un año el pedido de justicia en el caso.

Espósito Valenti, la madre, había sido declarada el 2 de febrero último como la autora material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento. Su pareja, Páez, fue declarada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento. Pero, además, se la declaró culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente, como un delito continuado.

Entradas recientes

Rosario atraviesa el mejor año turístico de la década

Alentados por la nueva franja ribereña que ofrece Costa Nueva, los shows internacionales, los congresos…

mayo 6, 2026

La Joyita Argentina y Orilleros: una noche de puentes musicales en El Aserradero

El trío femenino liderado por Loana Torres presenta su disco “Puentes de Tango”, en una…

mayo 6, 2026

Se renueva la cartelera para todos los gustos: entre el fatality de “Mortal Kombat II” y ovejas detectives

Un nuevo jueves se asoma con films para todas las edades. Esta vez la propuesta…

mayo 6, 2026

FAPA, la única fábrica de aisladores eléctricos del país cierra sus puertas luego de 88 años

El cierre definitivo de la empresa deja al sector eléctrico en una situación crítica. Ante…

mayo 6, 2026

Amsafé instaló la carpa blanca y fortaleció el debate en defensa de la escuela pública

El gremio llevó adelante una nueva jornada este martes 5 de mayo de la Carpa…

mayo 6, 2026

La agenda de mayo afianza a Rosario como capital de competencias deportivas de jerarquía

Durante todo el mes la ciudad se constituye en sede estratégica de grandes eventos y…

mayo 6, 2026