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Polémica: un juez autorizó el suministro de Dióxido de Cloro a un paciente internado por coronavirus

Su hijastro pidió autorización a la Justicia luego de que un neurocirujano recetara la sustancia. El magistrado consideró que el efector de salud debía “garantizar la aplicación". Hay preocupación en la comunidad médica ya que consideran un hecho "aberrante" el suministro de sustancias no autorizada

La Justifica Federal obligó por medio de una medida cautelar al Sanatorio Otamendi de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba) a suministrar Dióxido de Cloro, sustancia prohibida en Argentina, a un paciente internado con un cuadro grave de coronavirus.

Se trata del juez federal subrogante Javier Pico Terrero, quien dispuso que se le administre la sustancia al paciente Oscar Jorge García Rúa.

Tanto la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) como la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) ya alertaron sobre la peligrosidad que conlleva la ingesta de Dióxido de Cloro.

El pasado 7 de enero, José María Lorenzo, hijastro del paciente internado, pidió a la Justicia que su padrastro recibiera nebulizaciones con Ibuprofeno de Sodio y Dióxido de Cloro, sustancias recetadas por el neurocirujano del paciente, Dante Converti.

Ante el pedido, el juez Terrero consideró que el sanatorio debía “garantizar la aplicación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante”. A su vez entendió que “la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada”.

Tras el hecho desde el sanatorio apelaron la medida cautelar. Por su parte, para la comunidad médica el suministro de sustancias no autorizadas para uso medicinal es “una decisión aberrante”, ya que podría sentar jurisprudencia para otros casos.

Respecto al tema, en declaraciones al sitio Perfil, el presidente de la SADI, Omar Sued, expresó su inquietud y manifestó: «Que un juez decida que un médico tiene que aplicar una sustancia para la cual no hay ninguna evidencia científica es realmente preocupante, sobre todo cuando es en forma endovenosa. No es decisión de un magistrado administrar una medicación que no conoce en un paciente, no es su rol”.

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