Los Tribunales de Familia prohibieron a un deudor de la cuota alimentaria de sus hijos ingresar a las instalaciones del Club Newell’s Old Boys. Además, no podrá entrar a ningún estadio de fútbol ni asistir a espectáculos deportivos.
Se ofició a Newell’s Old Boys, a la Dirección Nacional de Seguridad en eventos deportivos, al Ministerio de Seguridad de la Nación (“Programa Tribuna Segura”) y al Ministerio de Seguridad de la Provincia, a fin que tomen conocimiento de lo ordenado.
En la resolución se afirmó que “si bien la medida conminatoria solicitada implica una restricción a los derechos del demandado resulta proporcionada a su conducta lesiva y tiene por finalidad hacer cesar el estado antijurídico que es el no pago de la cuota alimentaria por parte del obligado alimentario”.